MARCO LEGAL DEL ACUERDO

Fue el quinto de los doce Acuerdos de Paz suscritos por el Gobierno de la República de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca, el enfrentamiento duró más de treinta años. Fue firmado el 31 de marzo de 1995, y forma parte del Acuerdo de Paz Firme y Duradera. La Constitución Política de la República, establece en su artículo 66 que Guatemala está conformada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia Maya. El estado reconoce , respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos que son respetados como forma del derecho consuetudinario.


Políticas de protección y los principales factores que inciden para el cumplimiento o no de las políticas.

La Constitución de la República establece la obligación del Estado de dar protección especial a las tierras de cooperativas, comunales o colectivas; reconoce el derecho de las comunidades indígenas y otras a mantener el sistema de administración de las tierras que tengan y que históricamente les pertenecen; y contempla la obligación del Estado de proveer de tierras estatales a las comunidades indígenas que las necesiten para su desarrollo.



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